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Interpuse una acción de tutela.
Esta fue mi tutela: [ Santiago de Cali, 18 de Marzo de 2024
Señor JUEZ DE LA REPÚBLICA (Reparto) Ciudad Cali
Asunto: Acción de Tutela contra MiCASA Inmobiliarios S.A.S.
Yo, David Felipe Villacorte Carabali, identificado con cédula de ciudadanía número 1144063054, en mi calidad de Representante Legal de SERCOTEX S.A.S., identificada con NIT 900766537-5, dirección Calle 11B # 58 - 37 Apto: 1202 T-1, Cali – Colombia, respetuosamente presento ante su despacho Acción de Tutela en contra de MiCASA Inmobiliarios S.A.S., con fundamento en el derecho constitucional del derecho de petición consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia.
HECHOS:
El 18 de diciembre de 2023, SERCOTEX SAS, representada legalmente por David Felipe Villacorte Carabali, ejerciendo su derecho constitucional, dirigió un derecho de petición a MiCASA Inmobiliarios Cali solicitando atención a problemas estructurales significativos y cuestiones de mantenimiento en el inmueble arrendado, ubicado en Calle 11B # 58 - 37 Apto: 1202 T-1, Cali. Estos problemas destacaban defectos de construcción que, bajo la legislativa colombiana y los términos contractuales, sitúan la responsabilidad directamente en el arrendador para efectuar las reparaciones necesarias..
En contraposición a esta obligación legal y contractual, la respuesta proporcionada por MiCASA Inmobiliarios el 7 de febrero de 2024, y la subsiguiente comunicación, no solo eludieron un compromiso claro hacia la reparación de los daños reportados sino que, además, insinuaron la transferencia de la responsabilidad y el costo de dichas reparaciones hacia SERCOTEX SAS, ignorando las estipulaciones legales que asignan al arrendador la realización y financiamiento de este tipo de situaciones.
Continuando con los esfuerzos por buscar una solución, el 16 de febrero de 2024, avanzamos presentando dos peticiones detalladas que, una vez más, expusieron la necesidad de abordar tanto los asuntos estructurales generales como problemas particulares, como el daño en el porcelanato, diferenciados de otros correos reportados. La comunicación final de MiCASA Inmobiliarios, fechada el 11 de marzo de 2024, si bien mencionaba la intervención de una constructora, dejaba a SERCOTEX SAS sin una explicación factible o sustentación legal sobre por qué se nos imponía la responsabilidad de asumir los costos de reparación.
Es fundamental destacar que, en esta última respuesta de la señora Ximena Ramírez Valencia, no se especifica cuál de los dos derechos de petición está siendo atendido, y mucho menos responde de forma detallada a cada una de las solicitudes específicas presentadas en dichas peticiones. Este vacío en la comunicación y falta de claridad esencial en las respuestas no solo omite la definición de responsabilidades sino que también ignora los procedimientos legalmente establecidos para la resolución de tales incidencias.
Las respuestas hasta ahora proporcionadas por MiCASA Inmobiliarios han resultado insuficientes en relación a nuestras solicitudes, constituyendo una clara vulneración de nuestro derecho de petición, el cual es un derecho constitucional consagrado que asegura la capacidad de todo ciudadano de solicitar y recibir información clara, precisa y oportuna por parte de entidades o personas obligadas legalmente a resolver o informar. Hasta el momento, enfrentamos una carencia de medidas definitivas capaces de abordar de manera efectiva los problemas explicitados. Por consiguiente, mediante esta tutela, demandamos la intervención judicial específica para compeler a MiCASA Inmobiliarios a brindar respuestas formales,
exhaustivas y fundamentadas bajo principios legales, atendiendo con precisión cada aspecto señalado en nuestras peticiones anteriores. Así, buscamos no solo la restitución de nuestro derecho constitucional al debido proceso y petición, sino también la implementación de acciones inmediatas que solucionen de forma integral y satisfactoria las dificultades presentadas.
DERECHO FUNDAMENTAL VULNERADO:
La presente tutela destaca principalmente la vulneración del derecho de petición por parte de SERCOTEX SAS, amparado en el Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, exacerbado por el inadecuado manejo del debido proceso administrativo por MiCASA Inmobiliarios S.A.S. en lo que respecta a nuestras solicitudes. Específicamente, MiCASA Inmobiliarios S.A.S ha omitido ofrecer respuestas completas y fundamentadas legalmente en relación con nuestros derechos de petición del 19 de febrero, en los cuales se exigía claridad sobre la atribución de responsabilidades y costos referentes a las reparaciones necesarias en el inmueble arrendado. Esta falta de una comunicación detallada y precisa infringe directamente nuestro derecho de buscar respuestas y resoluciones justas y, al mismo tiempo, compromete la integridad del proceso administrativo entre entidades jurídicas, vital para la resolución imparcial de disputas y el establecimiento claro de responsabilidades. Por tanto, solicitamos intervención judicial para que MiCASA Inmobiliarios S.A.S. sea requerido a proporcionar una respuesta cabal y legalmente sustentada a nuestras peticiones, garantizando así el respeto al derecho de petición de SERCOTEX SAS y promoviendo un entorno de transparencia y justicia procesal, en donde las responsabilidades económicas sean asignadas conforme las obligaciones legales y contractuales establecidas.
PETICIÓN: Con base en los hechos expuestos, solicito respetuosamente a su despacho:
1. Ordenar a MiCasa Inmobiliarios S.A.S. la respuesta formal al Derecho de Petición - Refutación a Respuesta y Reiteración
de Soluciones 1.
2. 3.
4.
a Daños en el Inmueble Arrendado donde se solicita:
Que se presenten las evidencias materiales y se detalle el método de comunicación utilizado para los intentos de coordinación con mi representada, así como el motivo por el cual no fuimos notificados oportunamente.
Que se nos aclare por qué la carga económica de las reparaciones ha sido endosada a SERCOTEX SAS y bajo qué argumentos legales o contractuales.
Que, de forma prioritaria, se proceda a la inspección del estado actual del inmueble para evaluar los daños y realizar las respectivas reparaciones necesarias, delegando dichas responsabilidades a los agentes pertinentes que, en este caso, serían el arrendador y/o la constructora.
Que se nos entregue una respuesta detallada y fundamentada a esta solicitud y a cada uno de los ítems refutados en el plazo máximo de quince (15) días hábiles, acompañada de las pruebas que respalden dicha respuesta y el plan de acción a realizar.
2. Ordenar a
Porcelanato en el Inmueble Arrendado donde se solicita:
MiCasa Inmobiliarios S.A.S. la respuesta formal al Derecho de Petición – Solución Efectiva al Problema de
1. Que de manera separada al caso por la constructora sobre las filtraciones, se den instrucciones precisas para que asuman la intervención necesaria sobre el defecto del porcelanato, el cual fue reportado en una fecha posterior y representa una preocupación de mantenimiento y garantía vigente.
2. Que, dentro de un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de esta petición, se nos provea de una respuesta sustentada con las pruebas materiales que demuestren la gestión activa de esta nueva incidencia y el cronograma detallado de los trabajos correctivos a ejecutar en el piso del inmueble.
3. Que se ratifique por escrito que todos los costos derivados de la reparación, no causados por mal uso o deterioro atribuible al arrendatario, serán asumidos según dicta el deber legal del arrendador, todo ello en conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
ANEXOS:
● Documento 1: Cámara de Comercio de SERCOTEX SAS y Cédula de Ciudadanía del Representante Legal
● Documento 2: Cámara de Comercio de MiCasa Inmobiliarios SAS
● Documento 3: Derecho de petición del 18 de diciembre de 2023 y su respuesta.
● Documento 4: Derecho de Petición - Refutación a Respuesta y Reiteración de Soluciones a Daños en el Inmueble Arrendado y Derecho de Petición – Solución Efectiva al Problema de Porcelanato en el Inmueble Arrendado enviados el 19 de febrero de 2024
● Documento 5: La última respuesta recibida por correo electrónico por MiCasa Inmobiliarios SAS.
NOTIFICACIONES:
Recibiré notificaciones en la Calle 11B #58-37 Apto 1202 T-1, ciudad de Cali, Valle del Cauca, correo electrónico: <PRESIDIO_ANONYMIZED_EMAIL_ADDRESS>, celular: 3015405873
Agradecemos la atención de su despacho a esta acción de tutela y confiamos en una resolución que garantice la protección efectiva de nuestros derechos fundamentales.
Cordialmente,
David Felipe Villacorte Carabali
CC 1144063054
Representante Legal SERCOTEX SAS
]
Esta fue la aceptación del juzgado: [RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN
DE SENTENCIAS DE CALI
Santiago de Cali, 18 de marzo de 2024
REFERENCIA: ACCIÓN DE TUTELA
ACCIONANTE: SERCOTEX S.A.S
ACCIONADA: Mi CASA Inmobiliarios S.A.S
RADICACIÓN: 009-2024-00090-00
AUTO INTERLOCUTORIO No. 1082
Procede el despacho a resolver la admisión de tutela instaurada por SERCOTEX S.A.S por
intermedio de su representante legal contra Mi CASA Inmobiliarios S.A.S, por considerar
vulnerado su derecho fundamental de petición, , como la solicitud de amparo se atempera
a las mínimas formalidades establecidas en el Decreto 2591 de 1991. En consecuencia, se,
DISPONE:
PRIMERO: ADMITIR la presente acción de tutela instaurada por SERCOTEX S.A.S por
intermedio de su representante legal contra Mi CASA Inmobiliarios S.A.S.
SEGUNDO: CORRE TRASLADO a la entidad accionada, para que en el TERMINO DE
DOS (2) DIAS contados a partir de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, por intermedio de su representante legal o quien
haga sus veces se pronuncie sobre los hechos de la acción de tutela y en el mismo termino
envíe copia de la documentación o pruebas que se relacionen con la reclamación formulada
por la accionante. A quien responda la demanda, deberá acreditar, además del poder o
personería con la que actúa, la existencia y/o representación legal de la empresa, mediante
documento idóneo.
TERCERO: NOTIFÍQUESE a las partes por el medio más expedito. No obstante, ante la
eventual imposibilidad de enterar a las partes o a terceros interesados en las resultas de la
presente acción constitucional, súrtase dicho trámite por AVISO el que deberá fijarse en la
página web de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de esta]
Y esta es la respuesta de MiCasa Inmobiliarios: [Santiago de Cali, 20 de marzo de 2024
Señor:
JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN
La ciudad
Asunto: ACCION DE TUTELA DE SERCOTEX S.A.S CONTRA
MICASA INMOBILIARIOS S.A.S
RADICACIÓN: 009-2024-00090-00
Reciba de nuestra parte un cordial saludo.
Hugo Alejandro Salazar Llanos vecino de la ciudad de Cali, con cedula de ciudadanía
94.520.326 de Cali, en mi calidad de representante legal de la sociedad MiCasa Inmobiliarios
S.A.S, con domicilio en Cali, nit 900127324-2, procedo a dar respuesta a la tutela de la
referencia en los siguientes términos:
1. Al primer numeral: Mediante comunicado por correo de fechas 19 febrero de 2024, se
contestó este numeral y enviado al correo de Sercotex S.AS, habiéndose notificado por
este medio.
Al segundo numeral: También se respondió informándole, que por mandamiento del
código civil y la ley 820 de 2003, las reparaciones que competa al arrendador o
propietario, serán asumidas por él.
Al tercer numeral: Se informa que ya se registró el PQR a la constructora Meléndez y el
número de ticket es 7KIPW1KZ6.
Al cuarto numeral: Se está respondiendo en el presente libelo y anexando lo pertinente.
2. El resto de numerales están igualmente respondidos en el punto 1. Es importante
mencionar, que el cronograma de los trabajos que se realicen en el piso de inmueble
serán informados por la constructora Jaramillo Mora.
Anexos:
Cámara y comercio del accionado
Constancia de respuesta enviada el día 19 de febrero de 2024.
Constancia de registro de PQR a la constructora Meléndez
Atentamente,
Hugo Alejandro Salazar
Representante Legal
MiCASA Inmobiliarios S.A.S]
Analiza la informacion y determina si es congruente y coherente dicha respuesta, si responde a cada una de los numerales solicitados.
ASSISTANT
La respuesta de MiCASA Inmobiliarios S.A.S. ante la acción de tutela interpuesta por SERCOTEX S.A.S. puede analizarse por su congruencia y coherencia respecto a los numerales solicitados en la acción de tutela:
1. **Atención a los Numerales Solicitados**:
- Al **primer numeral**, afirman haber respondido mediante comunicación por correo en la fecha indicada, destacando la notificación vía este medio.
- Para el **segundo numeral**, indican que las reparaciones de obligación del arrendador serán asumidas por él, conforme al Código Civil y la Ley 820 de 2003.
- En el **tercer numeral**, responden que se ha indicado el registro del PQR ante la constructora Meléndez, proporcionando un número de ticket.
- Respecto al **cuarto numeral**, mencionan que la respuesta se está entregando en el presente documento y se anexa la documentación pertinente.
2. **Congruencia y Coherencia**:
- La respuesta de MiCASA Inmobiliarios S.A.S. parece ser congruente en términos de que han ofrecido información y respuestas a los numerales presentados por SERCOTEX S.A.S. en su acción de tutela. Sin embargo, hay que observar si la profundidad y detalle de estas respuestas satisfacen las solicitudes específicas que SERCOTEX S.A.S. había presentado inicialmente, lo cual no se puede evaluar completamente sin conocer el contenido exacto de dichos correos y comunicaciones.
- La coherencia en general se mantiene, pues cada numeral recibe atención específica en la respuesta, y se aportan pruebas de las acciones tomadas, como comunicaciones anteriores y el registro de PQR.
3. **Responde a cada uno de los numerales**:
- **Primer y Segundo Numeral**: Afirman haber contestado estas partes mediante correo electrónico, señalando que las responsabilidades del arrendador serán asumidas como dicta la ley.
- **Tercer Numeral**: Se aborda la cuestión de la inspección y reparación de los daños, indicando el registro de la solicitud ante la constructora como gestión activa por parte de MiCASA Inmobiliarios.
- **Cuarto Numeral**: Aseveran que la presente comunicación y sus anexos constituyen la respuesta a este punto.
4. **Elementos Faltantes o de Duda**:
- Aunque afirman haber respondido y tomado acciones pertinentes, no se especifica la congruencia de estas acciones con las expectativas o solicitudes explícitas de SERCOTEX S.A.S., particularmente en cuanto a detallar la atribución de responsabilidades económicas y cronogramas para las reparaciones. La mención de la constructora Jaramillo Mora plantea dudas sobre si el plan de acción abordará satisfactoriamente los daños específicos en el inmueble arrendado y el problema del porcelanato mencionado en la tutela.
Por tanto, si bien la respuesta de MiCASA Inmobiliarios S.A.S. parece abordar cada uno de los numerales solicitados, la efectividad y suficiencia de la respuesta dependen de si efectivamente cumple con las expectativas y requerimientos legales y contractuales planteados por SERCOTEX S.A.S. en su acción de tutela, lo cual requiere una evaluación más detallada de las comunicaciones específicas y las acciones reales tomadas.